Pensión por Invalidez

Pensión por Invalidez

Son prestaciones dinerarias otorgadas al asegurado por la pérdida de más de dos tercio (2/3) de su capacidad para trabajar a causa de una enfermedad o accidente, en forma presumible permanente o de larga duración.

Solicitud de Prestaciones Dinerarias por Concepto de Invalidez. 

Se considera inválido o inválida, al asegurado o asegurada que quede con una pérdida de más de dos tercios de su capacidad para trabajar, a causa de una enfermedad o accidente, en forma presumiblemente permanente o de larga duración 

Documentos que se deben presentar por Pensión por Invalidez: 

  • Solicitud de Prestaciones en Dinero, forma 14-04 dos (02) originales. 
  • Constancia de Trabajo, forma 14-100 
  • Solicitud de Evaluación de Discapacidad, forma 14-08
  • Evaluación de Incapacidad Residual 
  • Presentar cédula de Identidad
  • Declaración de accidente, en caso de enfermedad común, forma 14-123 original

Nota: El grado de incapacidad será determinado por la reglamentación especial del IVSS, a través de la Comisión Evaluadora.

En caso de ser nacionalizado, anexar copia legible de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.   Los trámites pueden ser realizados en cualquiera de las 48 Oficinas Administrativas del IVSS, sin  importar el lugar de residencia del Solicitante.  No  debe solicitarse  más recaudos a la persona interesada.

Base Legal Invalidez

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